
El Reparto de Utilidades es un derecho constitucional en México. Si tu empresa generó ganancias netas, está obligada por ley a compartirlas.
Por ley, las empresas destinan el 10% de su utilidad fiscal. Este monto se divide en dos partes iguales: días trabajados y salario percibido.
Empresas morales (sociedades) deben pagar a más tardar el 30 de mayo. Patrones con actividad empresarial (personas físicas) pagan hasta el 29 de junio.
Directores, gerentes generales, socios y accionistas quedan excluidos, así como profesionistas contratados por honorarios sin subordinación laboral.
Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento e instituciones de asistencia pública sin fines de lucro no generan PTU.
Conoce los límites máximos de 3 meses de salario y cómo denunciar ante PROFEDET en MexicoCurrent.